Código Civil de Chihuahua
Código Civil de Chihuahua

Libro segundo Título primero. Disposiciones preliminares

Arts. 718–7203 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024

Artículo 718

Pueden ser objeto de apropiación todas las cosas que no estén excluidas del comercio.

Artículo 719

Las cosas pueden estar fuera del comercio, por su naturaleza o por disposición de la ley.

Artículo 720

Están fuera del comercio por su naturaleza, las que no pueden ser poseídas por algún individuo exclusivamente, y por disposición de la ley, las que ella declara irreductibles a propiedad particular.

Índice · CCCHIH