Artículo 806 del Código Civil de Colima
Libro segundo. De los bienes · Titulo tercero. De la posesión · Capitulo unico
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Es poseedor de buena fe, el que entra en la posesión, en virtud de un título suficiente para darle derecho de poseer. También es el que ignora los vicios de su título, que le impiden poseer con derecho. Es poseedor de mala fe, el que entra a la posesión sin título alguno para poseer; lo mismo que el que conoce los vicios de su título que le impiden poseer con derecho. Entiéndese por título la causa generadora de la posesión.