CPCOL · Art. 218 Bis

Artículo 218 Bis del Código Penal de Colima

Libro segundo. De los delitos en particular · Título octavo. Delitos contra la paz y la seguridad personal · Capítulo I. Amenazas (reformado decreto 133, supl. 3, p.o. 73, 22 noviembre 2016)

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 10 de octubre de 2026

Se sancionará de uno a cuatro años de prisión y multa de ciento cincuenta a trescientas unidades diarias de medida y actualización, a la persona física o moral, que personalmente o por interpósita persona lleve a cabo la actividad de cobranza extrajudicial ilegal.

Se entenderá por cobranza extrajudicial ilegal el cobro realizado fuera de procedimiento judicial haciendo uso de la violencia o intimidación, hacia una persona, sus bienes o derechos, requiriendo el pago de una deuda o supuesta deuda a quien funja como deudor, aval o cualquier responsable u obligado solidario.

Si se actualiza además cualquier otro tipo penal, se aplicarán las reglas de concurso de delitos señaladas en éste Código.

Leer de corridodentro de Título octavo. Delitos contra la paz y la seguridad personal

Sobre este texto
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Última reforma
(Periódico Oficial "El Estado de Colima")
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • (ADICIONADO DECRETO 383, P.O. 75, SUP. 3, 25 NOVIEMBRE 2017)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 3 rótulos con erratas de captura ('BlS' con ele minúscula, 'BIS1', 'BIS. 2.', '2559.- BIS.') se leen como 'BIS', 'BIS 1', 'BIS 2', '2559 BIS.'; el texto del artículo no cambia.
  • 4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • 117 artículos abren con su epígrafe ('ARTÍCULO 1. Aplicación del Código.', 'ARTÍCULO 32. Catálogo de penas. Las penas …'): se publica como epígrafe, sin el punto final; el texto conserva el resto del párrafo.
  • número de artículo repetido en la fuente: 30 (orden 30 y 31); el segundo se publica con clave '30-dup2'
  • Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Dirección de Proceso Legislativo); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Dirección de Proceso Legislativo del H. Congreso del Estado de Colima») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.
  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO DEC. … P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.

Transitorios (4 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 218 Bis, Código Penal de Colima (Colima). Texto vigente, última reforma 10 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/articulo-218-bis/

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