Artículo 1636 del Código Civil de Durango
Libro tercero. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentarias y legítimas · Capítulo V. Del inventario y de la liquidación de la herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
El inventario se formará según lo disponga el Código de Procedimientos Civiles. Si el albacea no lo presenta dentro del término legal, será removido.