Artículo 1638 del Código Civil de Durango
Libro tercero. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentarias y legítimas · Capítulo V. Del inventario y de la liquidación de la herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
En primer lugar, serán pagadas las deudas mortuorias, sino estuvieren ya, pues pueden pagarse antes de la formación de inventario.