Artículo 1590 del Código Civil de San Luis Potosí
Libro tercero. De las Sucesiones · Titulo quinto. Disposiciones comunes a las Sucesiones Testamentaria y Legítima · Capitulo V. Del Inventario y de la Liquidación de la Herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 9 de octubre de 2026
En primer lugar, serán pagadas las deudas mortuorias, si no lo estuvieren ya, pues pueden pagarse antes de la formación del inventario.