Artículo 1815 del Código Civil de Durango
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Título primero. Fuentes de las obligaciones · Capítulo V. De las obligaciones que nacen de los actos ilícitos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten de la ruina de todo o parte de él, si éste sobreviene por falta de reparaciones necesarias o por vicios de construcción.