Artículo 2784 del Código Civil de Durango
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies del contrato · Título decimoquinto. De la hipoteca · Capítulo I. De la hipoteca en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Sólo puede hipotecar el que pueda enajenar, y solamente pueden ser hipotecados los bienes que pueden ser enajenados.