Artículo 52 del Código Penal de Durango
Obligación mancomunada y solidaria
Libro primero. Disposiciones generales · Título tercero. Penas, medidas de seguridad y consecuencias jurídicas aplicables a las personas morales · Subtítulo primero. De las penas · Capitulo IV. Sanción pecuniaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Cuando sean varios los responsables del delito, éstos están obligados mancomunada y solidariamente a cubrir el importe de la reparación de los daños.