Artículo 5.193 del Código Civil del Estado de México
Paso de agua de modo más conveniente
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO SEXTO. De las Servidumbres · CAPITULO IV. De la Servidumbre Legal de Acueducto
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Se debe conceder el paso de las aguas a través de canales y acueductos del modo más conveniente, con tal de que el curso y volumen de las mismas, no sufran alteraciones, ni las de ambos acueductos se mezclen.