Artículo 5.66 del Código Civil del Estado de México
Prohibición de ocupar la propiedad sin consentimiento
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO CUARTO. De la propiedad y los medios de adquirirla · CAPITULO I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
La propiedad no puede ser ocupada contra la voluntad de su propietario, sino en los casos y con las condiciones que establezcan las leyes.