Artículo 5.67 del Código Civil del Estado de México
Acciones para impedir el mal uso de la propiedad
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO CUARTO. De la propiedad y los medios de adquirirla · CAPITULO I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El propietario o el poseedor derivado, tiene derecho a ejercitar las acciones que procedan para impedir que, por el mal uso de la propiedad del vecino, se perjudiquen las construcciones, seguridad, la tranquilidad o la salud de los que habiten el inmueble.