Artículo 7.672 del Código Civil del Estado de México
Plazo máximo en el arrendamiento
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO SEXTO. Del Arrendamiento · CAPITULO I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El plazo máximo de vigencia de un contrato de arrendamiento, será:
I.Dos años respecto de bienes muebles;
II.Tres años en tratándose de inmuebles urbanos destinados a casa habitación;
III.Cinco años respecto de inmuebles destinados a locales comerciales o de servicios;
IV.Cinco años si el bien inmueble rústico es destinado a fines agrícolas o ganaderos;
V.Veinte años tratándose de inmuebles destinados a la industria, tiendas departamentales, centros comerciales, bodegas de venta y en general los que se destinen al comercio en gran escala.