Artículo 7.797 del Código Civil del Estado de México
Bienes del mandato retenidos en prenda
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO NOVENO. Del Mandato · CAPITULO III. De las Obligaciones del Mandante con Relación al Mandatario
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El mandatario podrá retener en prenda los bienes que son objeto del mandato hasta que el mandante haga la indemnización y reembolso de que tratan los artículos anteriores.