Artículo 7.857 del Código Civil del Estado de México
Pago al empresario de lo que le corresponde
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO DECIMO. Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO II. Del Contrato de Obra a Precio Alzado
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Pagado el empresario de lo que le corresponde, según los dos artículos anteriores, el dueño queda en libertad de continuar la obra, empleando a otras personas, aún cuando aquélla se siga conforme al mismo plano, diseño o presupuesto.