Artículo 132 del Código Penal de Guanajuato
Libro primero · Parte general · Título quinto. De la extinción de la responsabilidad · Capítulo VII. Prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
Las sanciones no previstas en los artículos anteriores prescribirán en un plazo igual al de su duración. Las que no sean de término, en un año.