Artículo 248 del Código Penal de Guanajuato
Libro segundo · Parte especial · Título segundo. De los delitos por hechos de corrupción · Capítulo II. Peculado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
Al servidor público que disponga de un bien que hubiere recibido en razón de su cargo, se le impondrá de dos a diez años de prisión y de veinte a cien días multa.