Artículo 251 del Código Penal de Guanajuato
Libro segundo · Parte especial · Título segundo. De los delitos por hechos de corrupción · Capítulo V. Usurpación de funciones públicas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
A quien indebidamente se atribuya y ejerza funciones públicas, se le sancionará con prisión de uno a cinco años y de diez a cincuenta días multa.
Se sancionará con prisión de tres a doce años y de treinta a ciento veinte días multa a quien indebidamente se atribuya y ejerza funciones de seguridad pública.