Artículo 318 del Código Penal de Baja California
Libro segundo · Parte especial · Titulo tercero. Delitos contra la administracion publica cometidos por particulares · Capitulo V. Usurpacion de funciones publicas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 28 de agosto de 2026
Tipo y punibilidad.- Se impondrá prisión de uno a seis años y de cien a trescientos días multa, al que sin ser servidor público, se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las funciones de tal.