Artículo 1603 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo primero. De las fuentes de las obligaciones · Capítulo I. Del negocio jurídico. Elementos del negocio jurídico
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Cuando la oferta se hiciere a una persona presente, sin fijación de plazo para aceptarla, el autor de la oferta quedará desligado si la aceptación no se hiciere inmediatamente. La misma regla se aplicará a la oferta hecha por teléfono, radio o por cualquiera de los medios de comunicación instantánea. El negocio se perfecciona al momento de la aceptación.