Artículo 323 del Código Penal de Guerrero
Simulación de pruebas
Libro Segundo. Parte Especial · Título Décimo Noveno. Delitos cometidos por particulares ante el ministerio público, autoridad judicial o administrativa · Capítulo IV. Simulación de pruebas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 22 de mayo de 2026
A quien con el propósito de inculpar a alguien por la comisión de un delito, simule en su contra la existencia de pruebas materiales que hagan presumir su responsabilidad, se le impondrán de uno a seis años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa.
Si la simulación de pruebas se realiza para inculpar alguien por la comisión de un delito grave, las penas previstas en el párrafo anterior se aumentarán en una mitad más.