Artículo 2518 del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo octavo. Del deposito y del secuestro · Capitulo I. Del depósito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
El depositario no está obligado a entregar la cosa cuando judicialmente se haya mandado retener o embargar.