Artículo 2831 del Código Civil de Tabasco
Obligación de retener
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo noveno. Del depósito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El depositario no está obligado a entregar el bien cuando judicialmente se haya mandado retener o embargar.