Artículo 119 del Código Penal de Hidalgo
Libro primero · Titulo cuarto · Capitulo IX. Extinción de las medidas de tratamiento de inimputables
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Cuando el inimputable, sujeto a una medida de tratamiento se encontrare prófugo y posteriormente fuere detenido, la medida impuesta se considerará extinguida si se acredita que las condiciones personales del sujeto no corresponden ya a las que hubieren dado origen a su imposición.