CPHGO · Art. 307

Artículo 307 del Código Penal de Hidalgo

Libro segundo · Titulo décimo sexto. Delitos por hechos de corrupción cometidos por servidores públicos y particulares vinculados con estos hechos · Capitulo VII. Cohecho

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026

Cometen el delito de cohecho y se impondrá de seis meses a siete años de prisión y multa de 100 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, al servidor público que por sí o por interpósita persona, solicite, reciba o condicione ilícitamente para sí o para otro, dinero o cualquier beneficio, o acepte una promesa para hacer o dejar de realizar funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión.

Al Diputado Local que en el ejercicio de sus funciones o atribuciones, y en el marco del proceso de aprobación del presupuesto de egresos respectivo, gestione o solicite la asignación de recursos a favor de un ente público o el otorgamiento de concesiones o contratos de adquisición de bienes, arrendamientos, servicios, obra pública o de servicios relacionados con las mismas a favor de determinadas personas físicas o morales, exigiendo u obteniendo, para sí o para un tercero una comisión, beneficio o contraprestación, en dinero o en especie, distinta a la que le corresponde por el ejercicio de su encargo, se aplicará una mitad más de la punibilidad prevista en el párrafo anterior.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Hidalgo)
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Artículo 307, Código Penal de Hidalgo (Hidalgo). Texto vigente, última reforma 6 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-307/

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