Artículo 31 del Código Penal de Hidalgo
Libro primero · Titulo tercero. De las consecuencias jurídicas del delito · Capitulo III. Multa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Por lo que toca al delito continuado, se atenderá a la Unidad de Medida y Actualización, en el momento consumativo de la última conducta. Para el permanente, se considerará la Unidad de Medida y Actualización, en el momento en que cesó la consumación.