Artículo 81 del Código Penal de Jalisco
PRIMERO. DE LA PARTE GENERAL · TÍTULO CUARTO. CUMPLIMIENTO DE LAS SANCIONES · Capítulo III. De la Suspensión Condicional de la Pena
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 8 de septiembre de 2026
El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones impuestas por el juez de control o el tribunal serán motivo de revocación de la suspensión condicional de la pena.