Artículo 1001 del Código Civil de Nayarit
Libro segundo. De los bienes · Titulo quinto. Del usufructo, del uso y de la habitación · Capitulo III. De las obligaciones del usufructuario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
Si el usufructuario se ha constituido a título gratuito, el usufructuario está obligado a hacer las reparaciones indispensables para mantener la cosa en el estado en que se encontraba cuando la recibió.