Artículo 2415 del Código Civil de Nayarit
Libro tercero. De las obligaciones · Tercera parte · Titulo segundo. Del registro público · Capitulo VI. De la extinción de las inscripciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
Las inscripciones preventivas se cancelarán no solamente cuando se extinga el derecho inscrito, sino también cuando esa inscripción se convierta en definitiva.