Artículo 2913 del Código Civil de Aguascalientes
Libro cuarto.. De las obligaciones. · Tercera parte. · Titulo segundo.. Del registro publico. · Capitulo vi.. De la extincion de las inscripciones.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
Las inscripciones preventivas se cancelarán no solamente cuando se extinga el derecho inscrito, sino también cuando la inscripción se convierta en definitiva.