Artículo 2601 del Código Civil de Nayarit
Libro cuarto. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
Cesa también el legado de educación si el legatario, durante la menoría edad, obtiene profesión u oficio con qué poder subsistir.