Artículo 824 del Código Civil de Nuevo León
DISPOSICIONES PRELIMINARES · TITULO TERCERO. DE LA POSESIÓN · CAPITULO UNICO
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el 26 de junio de 2026
Posesión contínua es la que no se ha interrumpido por alguno de los medios enumerados en el Capítulo V, Título VII de este Libro.