Artículo 1417 del Código Civil de Puebla
Libro cuarto. Obligaciones · Capítulo I. Hechos jurídicos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Los hechos jurídicos pueden realizarse sin la participación del hombre o con la participación o acción de éste.