Artículo 341 del Código Civil de Puebla
Libro segundo. Familia · Capítulo III. Relaciones patrimoniales entre los cónyuges · Sección segunda. Sociedad conyugal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Pueden los cónyuges, durante el matrimonio, sustituir el régimen de separación de bienes por el de sociedad conyugal, o éste por aquél.