Artículo 891 del Código Civil de Puebla
Libro segundo. Familia · Capítulo XIII. Actas del estado civil · Sección sexta. Actas de matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El extracto del acta de presentación permanecerá fijado durante cinco días y será obligación del Juez del Registro del Estado Civil reemplazarlo, si se destruyere o se hiciere ilegible.