Artículo 1640 del Código Civil de Querétaro
Libro Tercero. De las sucesiones · Título Quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentarias y legítimas · Capítulo Quinto. Del inventario y de la liquidación de la herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
Si hubiere pendiente algún concurso, el albacea no deberá pagar sino conforme a la sentencia de graduación de acreedores.