CCQRO · Art. 2443

Artículo 2443 del Código Civil de Querétaro

Libro Cuarto. De las obligaciones · Segunda Parte. De las diversas especies de contratos · Título Noveno. Del mandato · Capítulo Primero. Disposiciones generales

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025

El contrato de mandato se reputa perfecto por la aceptación del mandatario.

El mandato que implica el ejercicio de una profesión, se presume aceptado cuando es conferido a personas que ofrecen al público el ejercicio de su profesión, por el sólo hecho de que no lo rehúsen dentro de los tres días siguientes.

La aceptación puede ser expresa o tácita. Aceptación tácita es todo acto en ejecución de un mandato.

Leer de corridodentro de Título Noveno. Del mandato

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»)
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Cómo citar

Artículo 2443, Código Civil de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 7 mar 2025. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2443/

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