Artículo 2669 del Código Civil de Querétaro
Libro Cuarto. De las obligaciones · Segunda Parte. De las diversas especies de contratos · Título Decimosegundo. De los contratos aleatorios · Capítulo Primero. Del juego y de la apuesta
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
Si a una obligación de juego o apuesta prohibidos se le hubiere dado forma de título a la orden o al portador, el suscriptor debe pagarlo al portador de buena fe, pero tendrá derecho de reclamar la devolución del cincuenta por ciento de lo que se pagó, al acreedor de la apuesta original.