Artículo 2760 del Código Civil de Querétaro
Libro Cuarto. De las obligaciones · Segunda Parte. De las diversas especies de contratos · Título Decimocuarto. De la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
Cuando la cosa dada en prenda sea un título de crédito que legalmente deba constar en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, no surtirá efecto contra tercero el derecho de prenda sino desde que se inscriba en dicho Registro.