Artículo 1226 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Segunda parte especial. Del Derecho de Familia · Título sexto. Del Patrimonio de Familia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Extinguido el patrimonio de la familia, los bienes que lo formaban vuelven al pleno dominio del que lo constituyó, si la extinción se verifica en vida de éste y en su caso se aplicará lo dispuesto en el artículo 1194.