Artículo 2100 del Código Civil de Quintana Roo
Libro primero. De los Bienes, de la Posesión y de los Derechos Reales · Título séptimo. Del Usufructo, del Uso y de la Habitación · Capítulo primero. Del Usufructo · Sección tercera. De las Obligaciones del Usufructuario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Los gastos y las costas de los pleitos sostenidos sobre el usufructo son de cuenta del propietario si el usufructo se ha constituido por título oneroso, y del usufructuario, si se ha constituido por título gratuito, pero el usufructuario en ningún caso estará obligado a responder por más de lo que produce el usufructo.