Código Civil de Quintana Roo
Código Civil de Quintana Roo

Libro primero Titulo primero. Disposiciones Preliminares

Arts. 1731–17344 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026

Artículo 1731

Es bien, en sentido jurídico, todo lo que pueda ser objeto de apropiación.

Artículo 1732

Pueden ser objeto de apropiación todas las cosas y derechos que no estén excluidos del comercio.

Artículo 1733

Las cosas pueden estar fuera del comercio por su naturaleza o por disposición de la ley.

Artículo 1734

Están fuera del comercio por su naturaleza las cosas que no pueden ser poseídas por algún individuo exclusivamente, y por disposición de la ley, las que ella declara irreductibles a propiedad particular.

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