Artículo 2803 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De los Contratos en Particular · Título undecimo. Del Mandato · Capítulo primero. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
El mandato que implica el ejercicio de una profesión se presume aceptado cuando es conferido a personas que ofrecen al público ese ejercicio, por el solo hecho de que permanezcan silentes y no lo rehúsen dentro de los tres días que sigan al en que reciban el documento correspondiente.