Artículo 3033 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De los Contratos en Particular · Título vigésimo. De la prenda · Capítulo primero. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Puede darse prenda para garantizar obligaciones futuras o condicionales. En este caso la garantía no surtirá efectos sino hasta que se realice la obligación futura o se cumpla la condición suspensiva y entre tanto no puede venderse ni adjudicarse el bien empeñado.