Artículo 113-Quáter del Código Penal de Quintana Roo
Libro segundo · Parte especial · Titulo primero. Delitos Contra la Vida y la Salud Personal · Capítulo VII. Delitos contra los Derechos Reproductivos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Comete el delito de esterilidad provocada, quien sin el consentimiento de una persona practique en ella procedimientos quirúrgicos con el propósito de provocar esterilidad.
Este delito se sancionará con una pena de cuatro a siete años de prisión y de cuarenta a ciento veinte días multa, más la reparación del daño.
Párrafo reformado POE 25-05-2022
Artículo adicionado POE 30-06-2009
Disposiciones comunes para los Delitos contra los Derechos Reproductivos