Artículo 22 del Código Civil de Sinaloa
Libro primero. De las personas · Título I. De las personas físicas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 11 de marzo de 2022
La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte.
(Ref. Según Decreto 79, de fecha 08 de marzo de 2022 y publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”, No. 031 de fecha 11 de marzo de 2022).