Artículo 819 del Código Civil de Sinaloa
Libro segundo. De los bienes · Título III. De la posesión · Capítulo único
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» el 11 de marzo de 2022
Son gastos útiles aquéllos que, sin ser necesarios, aumentan el precio o producto de la cosa.