Artículo 1137 del Código Civil de Sonora
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Titulo cuarto. De la propiedad · Capitulo VII. De la copropiedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
En los casos señalados por los artículos 1134 y 1135, la pared continua siendo de propiedad común hasta la altura en que lo era antiguamente, aun cuando haya sido edificada de nuevo o a expensas de uno solo, y desde el punto donde comenzó la mayor altura, es propiedad del que la edificó.