Artículo 2302 del Código Civil de Sonora
Libro primero. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capitulo II. De la evicción y saneamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
Cuando el adquirente a renunciado el derecho al saneamiento para el caso de evicción, llegado que sea este debe el que enajena entregar únicamente el precio de la cosa, conforme a lo dispuesto en los artículos 2305, fracción I y 2306 fracción I; pero aun de esta obligación quedará libre si el que adquirió lo hizo con conocimiento de los riesgos de evicción y sometiéndose a sus consecuencias.