Artículo 2363 del Código Civil de Tabasco
Concepto
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Titulo undecimo. De la extincion de las obligaciones · Capitulo II. De la confusión de derechos.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Reuniéndose en una sola persona las cualidades de acreedor y deudor, por el mismo hecho se extinguen el crédito y la deuda. La obligación renace si la confusión cesa por cualquier causa.